Miércoles 6 oct 2021, 14:40 (Santiago)
Remate. Ante 24º Juzgado Civil Santiago, Huérfanos 1409, 8º Piso, se rematará el día 6 de octubre de 2021 a las 14:40 horas por Videoconferencia mediante La Plataforma Zoom,https://zoom.us/j/95172512204?pwd=NkFpdHp1QWhHS3NDcUR5d3FLeVEyUT09, ID de reunión: 951 7251 2204 Código de acceso: 973835, inmueble de dominio de demandado don Alejandro Andrés Casanova Pincheira, consistente en la Parcela o Lote número diecinueve de la manzana A, de la subdivisión de la Hijuela o Lote A Uno del plano de subdivisión de la Hijuela A del Fundo Algarrobal, comuna de Colina, Región Metropolitana, inscrito a su nombre a fojas 23070 número 32946 del Registro de Propiedad del año 2018 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Mínimo subasta $ 348.709.807.- Interesados en participar en la subasta deberán contar con conexión a Internet para realizar las ofertas a través de la plataforma aludida, debiendo contar con cámara y micrófono habilitados, de lo contrario no se admitirá su comparecencia. La audiencia será grabada por el Tribunal, cuyos respaldos serán mantenidos para el caso de suscitarse cualquier tipo de incidentes. Cada postor deberá poseer, a lo menos, firma electrónica simple, es decir, Clave única del Estado, para los efectos de suscribir el acta respectiva. Ya sea al entregar materialmente el vale vista o bien, al ingresarse el escrito que dé cuenta del cupón de pago, deberá adjuntarse una copia de la cédula de identidad vigente o Rut del postor y de aquel por quien se actúa, además del Rut del representante legal de la persona jurídica que corresponda. Interesados deberán rendir caución, que no podrá ser inferior al 10% del mínimo fijado para el remate, mediante vale vista tomado en cualquier banco de la plaza, a la orden del tribunal, con indicación del tomador para facilitar su devolución, o mediante Cupón de Pago en el Banco del Estado de Chile, correspondiente al Poder Judicial. El vale vista deberá ser presentado en la secretaría del tribunal, el día lunes precedente a la fecha fijada para la realización de la subasta y si este fuere feriado, el día martes inmediatamente siguiente al feriado, entre las 12:00 y 14:00 horas. En dicho acto deberán informar un correo electrónico y número telefónico válido. La subasta se realizará bajo la modalidad de video conferencia, en los términos que dispone el Acta Nº 13-2021 de la Excma. Corte Suprema de fecha 11 de enero de 2021: Auto Acordado para remates judiciales de bienes inmuebles mediante el uso de video conferencia en tribunales. Será carga de los interesados disponer de los elementos tecnológicos y de conexión necesarios para participar en la subasta y de incorporarse oportunamente a la audiencia. El tribunal coordinará su ingreso y participación. La salida anticipada de un postor, cualquiera que sea la razón de la audiencia de remate, ocasionará que se le tenga por no concurrente a la misma, aun cuando haya realizado la última puja, debiendo continuarse el remate con los demás interesados, pudiendo el último oferente renovar su oferta; de no hacerlo o a falta de nuevas y mejores ofertas, se considerará tal hecho como una ausencia de postores en el remate. Para todos los efectos legales, se tendrá por adjudicatario del bien en remate, al postor a quien la juez que dirige la audiencia se lo haya adjudicado, por haber realizado la postura más alta, aun cuando con posterioridad abandone intempestivamente la audiencia de remate. Concluida la subasta, se verificarán los datos del adjudicatario y se le enviará a su correo electrónico un borrador del acta de remate, quien deberá ingresarlo, de manera inmediata en la causa correspondiente, como un escrito, a través de la Oficina Judicial Virtual para efectos de contar con su firma electrónica. Una vez ingresada el acta de remate en la Carpeta Electrónica, la juez y la ministro de fe del tribunal firmarán el acta de remate con su firma electrónica avanzada, dejando constancia en la misma, del hecho de haberse firmado por el adjudicatario a través de su Clave Única. De no ser posible la firma electrónica del juez y del ministro de fe sobre el acta incorporada por el adjudicatario, por impedimento tecnológico, la juez dictará una resolución en tal sentido, la cual, para todos los efectos legales, hará las veces de firma sobre el acta de remate. Sin perjuicio de lo anterior, se hace presente que el subastador deberá firmar el acta de remate el mismo día en que se lleve a efecto el aquel, sin perjuicio de caso fortuito o fuerza mayor que impidan dicha suscripción, en cuyo caso se realizará una vez concluido dicho impedimento, debiendo consignar el saldo de precio dentro de quinto día hábil de realizada la subasta, mediante depósito en la cuenta corriente del Tribunal. El ejecutante o, en su caso, el tercerista de prelación que hizo valer su crédito preferente, podrán participar en la subasta, sin necesidad de rendir caución y, en caso de adjudicarse el inmueble con cargo al crédito que cobra en estos autos, en un monto superior a éste, deberá consignar la diferencia dentro de quinto día hábil de practicada la liquidación. Por su parte, si el ejecutante o un tercero pretenden hacer valer créditos distintos al cobrado en este juicio, deberán formular la petición incidental que correspondiere, con la debida anticipación a la fecha del remate y acreditar la existencia, naturaleza, exigibilidad y monto del crédito de forma legal. Si no se entera el precio del remate, en la oportunidad señalada anteriormente, o no se suscribiere la escritura pública de adjudicación, dentro de plazo, quedará sin efecto la subasta y se perderá, por vía de pena, la cantidad entregada en garantía, la que se girará en la forma prevenida en el artículo 494 del Código de Procedimiento Civil. Bases y demás antecedentes en autos Rol C-11870-2019, Banco Santander- Chile con Casanova Pincheira, Alejandro. Juicio Ejecutivo. Secretaria.