Viernes 1 ago 2014, 01:00 (Santiago)
Notificación. Ante este 17º Juzgado Civil de Santiago, comparece Sergio Yávar Carberry, abogado, en representación convencional y mandatario judicial del Banco Santander Chile, sociedad anónima bancaria, domiciliados en Bandera Nº 140, Santiago, expone: Viene en entablar demanda ejecutiva cobro pagaré contra Cristián Leandro Gutiérrez González, ignora profesión, domiciliado en Escanilla 374, Independencia, Región Metropolitana. Señala adeuda pagaré: Nº 650022729548 suscrito 14 julio 2014 por $ 3.200.901, pagadero 47 cuotas de $ 89.013 vencimiento días 01 cada mes desde 01 agosto 2014 a 01 junio 2018 y una última de $ 88.989 vencimiento 03 julio 2018. Se estipuló que el capital adeudado devengaría desde suscripción hasta vencimiento tasa interés 1,25% mensual vencido, sin perjuicio del interés por la mora el que se elevará al máximo convencional, desde el retardo hasta el pago. Banco puede exigir el pago total de la deuda e intereses, como de plazo vencido en caso de mora de una cuota. Demandado dejó de pagar cuota vencimiento 04 mayo 2015 y siguientes. Total obligación insoluta $ 2.723.729 más intereses hasta fecha pago. Mérito ejecutivo pagaré por firma autorizada ante Notario. Por lo que solicita se despache mandamiento de ejecución y embargo por $ 2.723.729. En Primer Otrosí, señala bienes para embargo. Segundo Otrosí, Designa depositario provisional. Tercer Otrosí, Acompaña documentos y solicita su custodia. Cuarto Otrosí, Se tenga presente. 03 noviembre 2015, Tribunal provee: Resolviendo la demanda de fecha 22 de octubre año 2015. A lo principal. Despáchese mandamiento de ejecución y embargo por la suma de $ 2.723.729. Al Primer, Segundo y Cuarto Otrosíes: Téngase presente. Al Tercer Otrosí: Por acompañado, custódiese pagaré bajo el Nº 7378-2015; y téngase presente la personería por acompañada, con citación. Resolviendo escrito de fecha 22 de octubre año 2015. Téngase presente y por acompañados. 03 noviembre 2015, Requiérase por un Ministro de Fe a don Cristián Leandro Gutiérrez González, para que pague al Banco Santander Chile, o a quien sus derechos represente la suma de $ 2.723.729, más intereses y costas según consta en autos. No verificado el pago en el acto de su intimación, trábese embargo sobre bienes propios del deudor, los que quedarán en su poder en calidad de depositario provisional, bajo la responsabilidad legal que le corresponda. Para los efectos de trabar embargo sobre un inmueble, previamente el ejecutante deberá acompañar certificados de dominio vigente, de hipotecas, gravámenes y avalúo fiscal. 22 julio 2016, Tribunal resuelve: Atendido el mérito de autos y de la recepción de los oficios y en virtud del Artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, como se pide notifíquese la demanda por avisos y cítese al ejecutado para que al tercero día siguiente a la última publicación comparezca a la Secretaría del Tribunal a fin de que se le efectúe el requerimiento de pago correspondiente en horario de audiencia del mismo esto es entre las 08:00 horas y las 14:00 horas; practicándose tres publicaciones legales en el diario El Mercurio y la primera en el Diario Oficial correspondiente a los días primero o quince de cada mes. Extracto de publicación que deber ser revisado por el Secretario del Tribunal. Lo que notifico a don Cristián Leandro Gutiérrez González para todos los efectos legales a que hubiere lugar. Autos sobre cobro de pagaré caratulados: Banco Santander Chile con Gutiérrez González. Causa Rol C-24.804-2015. La Secretaria. 16-17-18.