Miércoles 14 ago 2013, 12:00 (Viña del Mar)
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE VIÑA DEL MAR, 4 Oriente 108, Viña del Mar, ordenó remate para el día 14 de Agosto de 2013 a las 12:00 horas, juicio ejecutivo especial hipotecario caratulado BANCO DEL ESTADO DE CHILE CON OLGUIN CRUZ MARIA TERESA, causa Rol 4048-2009, correspondiente a la propiedad ubicada en calle Claudio Arrau León N 274, del Conjunto Habitacional Villa Rukan I, comuna de Viña del Mar, que corresponde al sitio o lote N 2 de la Manzana F, del plano de loteo agregado con él N 391 en el Registro de Documentos del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar del año 2001. Este sitio forma parte de una propiedad mayor construida por etapas y denominada como Lote A-5 de la subdivisión del Lote A que era parte del antiguo predio rústico, hoy urbano, conocido como Hijuela Oriente, de la Hacienda Santa Julia, de la comuna de Viña del Mar, cuyos deslindes son los siguientes: AL NORTE, con Lote "D"; AL SUR, AL SUR-ORIENTE, con lote "A-3", con lote "C-1-B", en el punto R, y en el SUR-PONIENTE, con lotes "A-2" y "A-1"; AL ORIENTE: con lotes "C-1-C-2", "C-1-C-1" en punto T y "A-3" y; AL PONIENTE, con lotes "A-2" y "A-1", parte inferior y Población Reñaca Alto Sur, parte superior. Esta propiedad fue adquirida, en mayor cabida, por Cooperativa Abierta de Vivienda Provicoop Limitada, por compra que efectuó a Fundación Invica mediante escritura de fecha 3 de Marzo de 1999, otorgada en la Notaria de Santiago de doña Laura Andrea Galecio Pesse. El titulo de dominio a nombre de doña María Teresa Olguín Cruz, se encuentra inscrita a fojas 2677, N 3456 en el Registro de Propiedad del año 2001 del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar. Mínimo para la subasta será la suma de $9.874.698.-; más las costas judiciales, ascendentes a la suma de $220.000.- Precio subasta pagadero al contado, mediante depósito en la cuenta corriente del tribunal, a más tardar dentro de quinto día hábil contado desde la fecha del remate. Interesados deberán acompañar a la orden del tribunal, boleta de consignación o vale vista bancario, por cantidad no inferior al 10% del mínimo fijado, incluyendo la cantidad respecto de las costas. Ejecutante podrá adjudicarse inmueble con cargo crédito sin necesidad caución o depósito alguno. Bases y demás antecedentes en secretaría del Tribunal. SECRETARIA TITULAR.