Martes 4 feb 2025, 10:30 (Santiago)
Extracto Remate. 17º Juzgado Civil de Santiago, Huérfanos Nº 1409, se rematará el 04 de febrero de 2025, a las 10:30 hrs, en las dependencias del tribunal, la propiedad ubicada en la comuna de Puente Alto, provincia Cordillera, Pasaje América Nº 1843, que corresponde al sitio Nº 37, de la manzana A, del plano Conjunto Villa Santa Mónica, que según plano archivado bajo el Nº 51, al final del Registro de Propiedad del año 1998, deslinda: Norte, con deslindes generales del plano; SUR, con Pasaje América; Oriente, con sitio número treinta y ocho y Poniente, con sitio número treinta y seis, de propiedad de la parte demandada de autos doña María Consuelo Hernández Pérez, Rut Nº 13.945.500-2, inscrito a fojas 4794 vuelta, número 7707, correspondiente al Registro de Propiedad del año 2019 del Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto, rol de avalúo 2715-25 de la comuna de Puente Alto. Mínimo de la subasta será $ 40.873.328. Todo subastador interesado en participar del remate deberá rendir caución equivalente al 10% del mínimo establecido para la subasta, el cual deberá presentarse a través de vale vista tomado a la orden del tribunal, el cual deberá entregarse presencialmente a la señora Secretaria del Tribunal, a más tardar a las 12:00 horas del día anterior al fijado para el remate. En el evento que comparezca en representación de un tercero, deberá señalar la individualización del mismo, junto con la correspondiente copia de cédula de identidad o personería de representación según corresponda. Al postor no adjudicatario, se le restituirá su garantía una vez finalizado el remate. Concluido éste, se verificarán los datos del adjudicatario, quien deberá suscribir el acta materialmente en dicha oportunidad. La ejecutante no deberá presentar garantía para tomar parte en la subasta, abonándose el precio del remate al valor del o los créditos que tenga contra la ejecutada debidamente verificados, acreditados, reconocidos y afirmes en el presente juicio, descontadas las costas procesales y personales del juicio. Podrá, asimismo, hacer uso del derecho que le confiere el artículo 499 del Código de Procedimiento Civil, otorgándose la escritura pública de adjudicación correspondiente. Si el actor se adjudica el inmueble con cargo a su crédito, deberá pagar los créditos garantizados con hipoteca debidamente acreditados en la causa, descontadas las costas procesales y personales del juicio, y/o en el caso de que exista una tercería de prelación o de pago acogida con anterioridad a la adjudicación, aquél deberá consignar el crédito preferente del tercerista de prelación o la cuota que corresponda al tercerista de pago, dentro de quinto día hábil de efectuada su tasación, y antes de extenderse la escritura pública. El precio de la subasta deberá ser pagado mediante consignación en la cuenta corriente del Tribunal, dentro de quinto día hábil siguiente a la fecha de remate y suscripción de la respectiva acta. De no consignarse el precio en dicho plazo, el remate quedará sin efecto, y se hará efectiva la caución que se señaló en la base tercera. El valor de ésta, deducido el monto de los gastos del remate, se abonará en un 50% al crédito y en un 50%a beneficio de la Corporación Administrativa del Poder Judicial. El adjudicatario deberá extender y suscribir la escritura de venta y adjudicación en remate, dentro del plazo de treinta días hábiles, contados desde la fecha en que quede firme o ejecutoriada la resolución que ordene extender la respectiva escritura pública de adjudicación. Mismo plazo regirá para el evento que el adjudicatario sea el demandante o el acreedor hipotecario. Demás antecedentes expediente Maxxa Capital SpA con Paisajismo Y Diseño María Consuelo Hernández Pérez EIRL, Rol C-5237-2023, Ejecutivo.